CONGRESO DE LA CDMXSOCIEDAD Y JUSTICIA

Propone Víctor Hugo Lobo Rodríguez fortalecer y dar continuidad en las tareas del Instituto de Planeación y Prospectiva de la Ciudad de México, así como criterios para la selección de sus Comités y la persona titular del organismo

* Busca adicionar tres párrafos al Artículo 28 de la Ley del Sistema de Planeación con el fin de atender un vacío legal de origen en la legislación de origen
* La propuesta se sustenta en el objetivo de Desarrollo sustentable número 11 “Ciudades y Comunidades Sostenibles”, en la meta 13, y se respalda en el Artículo 15 de la Constitución local
Redacción
Con el fin de fortalecer el sistema de planeación de la Ciudad de México, el diputado Víctor Hugo Lobo Rodríguez propuso fortalecer y dar continuidad en las tareas del Instituto de Planeación y Prospectiva de la Ciudad de México, así como criterios para la selección de su Comité de Selección y la persona titular del organismo. 
Para ello, propuso adicionar tres párrafos al Artículo 28 de la Ley del Sistema de Planeación con el fin de atender un vacío legal de origen en la legislación de origen.
El Comité de Selección se compone por cinco personas con probidad y experiencia en materia de planeación y desarrollo.
“Estamos proponiendo que para la renovación de las personas integrantes que hayan concluido su encargo por temporalidad, se emita una nueva convocatoria, con una propuesta de dos nombres por cada designación y en caso que se produzca la falta del total de los integrantes, se reinicie el procedimiento, además de establecer que para las postulaciones se deberá observar el principio de género”, apuntó el legislador.
Actualmente, dos integrantes aún en funciones “presentaron a este Congreso su renuncia con carácter de irrevocable, situación que hoy el comité se encuentra sin integrantes, lo que nos pone frente a un escenario en el que la ley sólo contempla la falta definitiva de alguna de las personas integrantes del Comité y no de la totalidad”.
La propuesta, explicó Lobo Rodríguez, se sustenta en el objetivo de Desarrollo sustentable número 11 “Ciudades y Comunidades Sostenibles”, en la meta 13, y se respalda en el Artículo 15 de la Constitución local que establece que la “planeación será democrática, abierta, participativa, descentralizada, transparente, transversal y con deliberación pública”.
Cabe recordar que el Instituto de Planeación y Prospectiva de la Ciudad de México es un organismo público descentralizado que tiene por objeto la conducción del proceso integral de planeación de la ciudad que debe cumplir con coordinación con el resto de los entes de la Administración Pública local y las alcaldías, con la concurrencia participativa de los sectores académicos, culturales, sociales y económicos.
 

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